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Fiscal General radica proyecto de ley anticorrupción

Enviado por Infolaft el

Artículo por: Infolaft

El pasado jueves, el fiscal Néstor Humberto Martínez radicó en el congreso un proyecto de 41 artículos contra de la corrupción en el cual se contempla la suspensión de contratos como medida cautelar.

El proyecto crea nuevos tipos penales y aumenta las sanciones para varias de las modalidades de corrupción que han quedado evidentes con los escándalos de los últimos meses. Martínez aseguró que se necesitan medidas de fondo para castigar a los que saquean los recursos de todos los colombianos.

Si el Congreso avala esta propuesta, se le pondrían talanqueras a dos males endémicos de las elecciones en el país, por primera vez: la violación de los topes electorales y la compra de votos.

El proyecto plantea que “el gerente, candidato, administrador o auditor de campañas electorales que con ocasión de sus funciones recaude, invierta o gaste bienes y recursos que superen los topes máximos gastos fijados por la autoridad electoral” tendría cárcel entre 4 y 8 años.

La misma pena se aplicaría para los particulares que financien las campañas por debajo de la mesa.

La compra y venta de votos –no solo en efectivo– daría también hasta 8 años de prisión. Además, la Fiscalía propone castigar con cárcel a candidatos, familiares y miembros de campaña si durante los tres días previos a las elecciones son sorprendidos con sumas superiores a las permitidas por las normas electorales, pues se presume que es plata para comprar votos.

El proyecto tapa un hueco usado para evadir la prohibición de que los aportantes a campañas terminen contratando con la administración del candidato que apoyaron. Así, extiende la inhabilidad no solo al aportante, sino a “las personas que se encuentren dentro del segundo grado de consanguinidad, segundo de afinidad, o primero civil de la persona que ha financiado la campaña política”.

El capítulo electoral de la propuesta anticorrupción de la Fiscalía se cierra con la creación de un nuevo delito: el ‘favorecimiento electoral’, que daría cárcel de entre 6 y 12 años contra el “servidor público que utilice la investidura, función o los recursos públicos con la finalidad de favorecer electoralmente a un candidato, partido o movimiento político”.

La iniciativa de suspensión de contratos castiga con cárcel de 6 a 12 años las maniobras contra la transparencia “en cualquier etapa de un proceso de contratación estatal”, de cara a que muchas de las trampas ocurren antes de que arranquen las licitaciones, como en la elaboración de estudios previos, o en el ‘pos’ de los contratos, como las prórrogas y adiciones.

Por primera vez se tipificarían como delito “actividades fraudulentas en materia de contratación pública” cometidas por particulares, como es el caso de las empresas que acuerdan propuestas por debajo de cuerda para quedarse con los negocios con el Estado.

La Fiscalía plantea aumentar hasta en un 50 por ciento las penas por cohecho (sobornos) y un castigo similar cuando los casos de corrupción atenten contra programas dirigidos a la población más vulnerable, como en el escándalo de la alimentación de los niños de las escuelas públicas.

La Fiscalía podría, de aprobarse la iniciativa, pedir como medida cautelar la suspensión de un contrato o del giro de dineros del mismo en casos en los que “se pueda inferir razonablemente que para su trámite, celebración, ejecución o liquidación se incurrió en delitos contra la administración pública”.

El testaferrato y el concierto para delinquir en casos de corrupción tendrán penas de hasta 22 años de cárcel. Así mismo, el enriquecimiento ilícito de servidor público aplicará incluso cinco años después de la salida del cargo y tendrá prisión de hasta 12 años.

Abogados, contadores y otros profesionales que por su oficio conozcan de casos de corrupción se expondrán a seis años de cárcel por no denunciar.

La Fiscalía además planteó que una vez se presente un escrito de acusación contra un funcionario público, el juez tendrá que “comunicar al respectivo nominador para que en un término que no podrá superar las 48 horas proceda a suspender en el ejercicio del cargo al servidor público, medida que se mantendrá hasta cuando se emita sentencia en firme”. Y en casos de corrupción, la misma medida se tomaría “a partir de la formulación de imputación o su equivalente”.

De esta manera se evitaría que el funcionario use su cargo para afectar las investigaciones. También se evitaría el regreso de mandatarios acusados a sus cargos cuando por alguna razón se cae la medida de aseguramiento.

(Nota agregada de El Tiempo)

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