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SARLAFT Superfinanciera: propuesta de ajustes sobre beneficiario final

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Artículo por: Infolaft

SARLAFT, posibles ajustes en beneficiario final. Imagen Freepik

SARLAFT, posibles ajustes en beneficiario final. Imagen Freepik

La Superintendencia Financiera de Colombia publicó un proyecto de circular externa que busca establecer instrucciones precisas sobre la actualización del beneficiario final y la dependencia de terceros en la prevención del LA/FT.

El propósito principal de esta iniciativa es ajustar el deber de actualización de la información de los beneficiarios finales de acuerdo con la Recomendación 10 del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).

Además, la iniciativa busca complementar los requisitos que deben cumplir las entidades vigiladas en esta materia, especialmente los custodios del exterior, siguiendo lo dispuesto en la Recomendación 17 del GAFI.

Este cambio pretende fortalecer los mecanismos de prevención y control en materia de lavado de activos y financiamiento del terrorismo, promoviendo la transparencia y la eficiencia en la gestión de riesgos por parte de las entidades vigiladas.

SARLAFT

 

Disposiciones normativas que serían modificadas

El proyecto de circular externa pretende modificar el subnumeral 4.2.2.2.1.6.3 del Capítulo IV en el Título IV de la Circular Básica Jurídica para establecer la obligación de actualizar la información de los beneficiarios finales cuando las entidades tengan conocimiento o indicio de que dicha información cambió o no es precisa.

Así mismo, propone ajusta el subnumeral 7.3 del Capítulo VI en el Título IV para custodios de valores, con el objetivo de complementar los requisitos que deben atender las entidades vigiladas respecto de la administración del riesgo de LA/FT para los custodios del exterior.

En caso de ser aprobada, la circular prevé establecer un período de transición de tres meses para ajustar el Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo (SARLAFT) conforme a la primera instrucción, y hasta seis meses para la segunda instrucción, a partir de la eventual fecha de publicación de la Circular.

Envíe sus comentarios y observaciones

En consecuencia, la Superintendencia Financiera de Colombia insta a las áreas y oficiales de cumplimiento, así como al público en general, a que emitan sus comentarios y observaciones sobre el proyecto de circular externa.

El plazo máximo para hacerlo es hasta las 5:00 p.m. del martes 05 de marzo de 2024.

Los interesados deben diligenciar una proforma denominada “matriz para comentarios externos – publicación web” y enviarla al correo electrónico normativa@superfinanciera.gov.co

Desde la Superintendencia Financiera advierten que es muy importante que en el asunto del correo electrónico se incluya únicamente el número de radicación 2023083337, dirigido a la Subdirectora de Regulación.

Esta referencia debe citarse en el asunto del correo electrónico y en el escrito enviado.

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