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Banco en Colombia es multado por no tener personal idóneo en área de cumplimiento

Enviado por Infolaft el

Artículo por: Infolaft

A través de la resolución 1876 del 26 de diciembre de 2017 la Superintendencia Financiera confirmó la imposición de varias multas que sumadas ascienden a 430 millones de pesos en contra de una entidad bancaria que opera en Colombia. Una entidad bancaria que opera en Colombia fue sancionada, entre otras razones, porque el personal de su área de cumplimiento no cumplía con todos los requisitos de formación y experiencia establecidos por la propia entidad bancaria. De acuerdo con lo expresado por la Superfinanciera en la resolución 1876 de 2017, el banco incumplió con el numeral 4.2.4.3.1.4 del Sarlaft, el cual señala que el oficial de cumplimiento “debe estar apoyado por un equipo humano y técnico, de acuerdo con el riesgo de LA/FT y el tamaño de la entidad”. También le puede interesar: perfil del oficial de cumplimiento en Colombia Según lo que obra en la resolución, el mismo banco determinó que entre los perfiles del equipo que debía apoyar al oficial de cumplimiento se encuentra un cargo de analista de cumplimiento, cuyo titular debe ser un profesional graduado con experiencia laboral de tres años (dos de los cuales deben estar relacionados con administración del riesgo de LA/FT). Pues bien, la Superfinanciera encontró que la persona que desempeñaba el cargo de analista “no había culminado su carrera profesional y no contaba con la experiencia requerida para desempeñar las funciones propias del cargo”. Así mismo, un asistente y dos auxiliares de cumplimiento, cuyas funciones consisten en “ejecutar procesos del área (…) orientados a dar cumplimiento a las normas y políticas relacionadas con el monitoreo de transacciones, vinculación de clientes y reportes regulatorios del Sarlaft” no tenían la experiencia requerida de un año y de seis meses, respectivamente. En su momento y en un escrito de apelación, el banco adujo una reestructuración del área para justificar los perfiles de los funcionarios. No obstante, la Superfinanciera señaló que el banco nunca explicó las razones por las que para la labor de identificar, medir, controlar y monitorear el riesgo de LA/FT “supuestamente resultaba mejor contratar a una persona que no había concluido sus estudios profesionales y no tenía dos años de experiencia en áreas de administración del riesgo de lavado de activos y financiación del terrorismo (…)”. Así las cosas, la entidad de supervisión precisó que la sanción no se dio por el incumplimiento del manual en el cual se encontraban la descripción y requisitos exigidos a los funcionarios, sino por “el hecho de que el equipo humano que apoyaba al oficial de cumplimiento no estaba acorde al riesgo de LA/FT al que se veía enfrentada la entidad”. También le puede interesar: el oficial de cumplimiento como líder de proyectos

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