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Detalles del proceso contra 'El Papero'

Enviado por Infolaft el

Artículo por: Infolaft

A mediados del pasado mes de septiembre, alias ‘El Papero’ fue condenado por lavado de activos y otros dos delitos tras apenas seis meses de proceso. ¿Cuál fue la razón para el rápido éxito de esta investigación?

 

Breve contexto

El pasado jueves 12 de septiembre la Fiscalía General de la Nación confirmó que Marco Antonio Gil Garzón, alias ‘El Papero’ o ‘El Mayor’, fue condenado a seis años de cárcel por los delitos de narcotráfico, lavado de activos y enriquecimiento ilícito.

Dicha condena se logró de forma expedita teniendo en cuenta que la captura de Gil tuvo lugar el sábado 16 de marzo en Bogotá.

 

¿Por qué la celeridad?

Un elemento clave para acelerar el proceso contra Gil fue su decisión de colaborar con las autoridades, consistente en decir cuáles eran sus bienes y dónde estaban, sin por ello delatar a sus aliados, como han informado algunos medios de comunicación.

Según pudo establecer Infolaft, al momento de comparecer ante las autoridades Gil expresó: ‘‘no voy a defender a nadie, pero tampoco acusaré a nadie’’.

Inicialmente Gil no tenía mayores intenciones de cooperar; sin embargo, la advertencia de que la Oficina de Control de Activos Extranjeros (Ofac por su sigla en inglés) podría incluir en la lista Clinton a varios de sus familiares y socios más cercanos lo llevó a cambiar de opinión, al punto de que en junio optó por reconocer bienes ocultos avaluados en U$110 millones de dólares. De esas propiedades las autoridades no tenían conocimiento y la acción de comiso se aplicó el pasado mes de agosto.

Sobre el comiso vale la pena recordar que es una sanción penal que procede únicamente sobre los bienes del penalmente responsable, cuando provienen o son producto directo o indirecto del delito o han sido utilizados como medio o instrumentos para la ejecución del mismo.

Aquí se debe hacer claridad en que hubo dos comisos: uno en mayo y otro en agosto. Durante la investigación previa a la captura la Fiscalía y la Ofac tuvieron conocimiento de 19 bienes de propiedad de alias ‘El Papero’, entre los que había casas, lotes, parqueaderos, vehículos, oficinas, depósitos de alimentos y sociedades, avaluados en más de 124 millones de dólares. Dichas propiedades fueron objeto de comiso el 17 de mayo.

Es decir, a Gil le han aplicado dos comisos por valor de U$234 millones de dólares y no se descarta que en los próximos meses haya una tercera y definitiva acción de extinción de dominio contra otros bienes de testaferros.

 

Confesión de los delitos

Al tiempo que en junio Gil entregó sus bienes, también decidió acogerse a sentencia anticipada al declararse culpable de los delitos de narcotráfico, lavado de activos y enriquecimiento ilícito. No así del delito de concierto para delinquir agravado, del cual también fue acusado por la fiscal del caso.

El cargo de narcotráfico reconocido por él data de su actividad delincuencial entre 1992 y 1996.

Gil también tiene una acusación (indictment) que data de 1990 por una Corte del Distrito Este de Nueva York por su presunta participación en una conspiración para enviar droga hacia Estados Unidos entre 1988 y 1990. Por esos hechos contra Gil no pesa solicitud de extradición dado que al momento de la apertura del proceso no estaba vigente el tratado.

 

Modalidad de lavado con lotes

La principal modalidad de lavado de activos de Gil consistía en comprar grandes lotes de tierra con el dinero producto del narcotráfico, esperar unos años para que se valorizaran y posteriormente venderlos a precios altos.

Un funcionario que tuvo acceso al caso sostiene que ‘‘a pesar de tener un grado de escolaridad muy bajo, alias ‘El Papero’ tenía unas condiciones de negociante nato, tenía visión de empresario y era muy hábil para hacer negocios en el sector de la tierra’’.

 

¡Pilas con las malas asesorías!

Infolaft pudo establecer con una fuente cercana al caso que una firma de abogados ha emitido conceptos según los cuales no hay ningún inconveniente en realizar negocios con personas designadas en la lista SDN y que por lo tanto no los expone a ser incluidos.

Las asesorías se prestaron a por lo menos dos empresarios del sector de la construcción que sostuvieron negocios con Gil tras su inclusión en la lista Clinton en marzo de 2007. Ambos estuvieron a punto de ser designados y tuvieron que comparecer ante Ofac para explicar su relación con el ahora condenado.

Sobre este aspecto es importante señalar que si bien la lista no es vinculante para Colombia, sí expone a aquellas personas naturales y jurídicas que establezcan relaciones comerciales con los designados a la exclusión del sistema financiero y a sancionesn en Estados Unidos. Lo anterior sin perjuicio de los procesos penales y las acciones de extinción de dominio que puedan ocurrir en Colombia.

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