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La Silla Vacía desnuda la corrupción electoral en Colombia

Enviado por Infolaft el

Artículo por: Infolaft

El libro ‘El Dulce Poder’, publicado hace un año por el equipo de La Silla Vacía, expone de forma clara cómo se ejerce el poder político en Colombia y cuáles son los personajes, las estrategias, ideas e intereses que se ingenian para preservarlo.

Este libro resulta relevante para los equipos de cumplimiento, especialmente del sector financiero, teniendo en cuenta que la época para elecciones locales 2019 acaba de iniciar, y que se avecinan las siguientes fechas relevantes:

  • 20 de octubre: Fecha límite para la realización de eventos masivos de campaña en espacios públicos
  • 25 de octubre: Finalizan espacios gratuitos en medios de comunicación.
  • 26 de octubre: Inicio de la ley seca. Finaliza publicidad en espacio público y en medios de comunicación privados
  • 27 de octubre: Elecciones locales

Las listas vinculantes para Colombia

En este sentido, Infolaft encontró que mucha de la información provista por La Silla Vacía en el libro puede ser de utilidad en la labor de compliance, especialmente para las entidades financieras, quienes deberán ejercer diferentes controles indicados en la Circular 029 de 2014, tales como conocer los donantes y aportantes de partidos y campañas políticas e identificar operaciones inusuales y sospechosas.

¿Por qué es útil el libro para prevenir el lavado de activos?

A través del libro “El Dulce Poder”, el equipo periodístico de La Silla Vacía llega a la conclusión de que el poder político en Colombia se produce y se reproduce, salvo algunas excepciones, gracias al impulso del clientelismo.

Esta afirmación no es nueva; lo que sí es novedoso es que los reportajes revelan una parte del complejo funcionamiento del clientelismo y la maquinaria política nacional ‘en la práctica’ a través de la descripción de situaciones concretas.

En este sentido, el libro sirve como apoyo para las empresas y sus equipos de cumplimiento, quienes pueden obtener una visión más clara, a través de casos específicos, sobre la forma en la que se efectúa la corrupción electoral en Colombia y, con esta información, elaborar estrategias para prevenir que las empresas sean utilizadas para estos fines, así como para el lavado de activos y la financiación de terrorismo.

En general, los del libro son unos reportajes fáciles de leer que sorprenden por los detalles y las cifras que exponen, así como por la presentación de datos curiosos.

Listas restrictivas y habeas data

En la publicación los periodistas recogen la terminología de los corruptos para referirse a estas tipologías. A continuación, algunos ejemplos:

  • ‘Mermelada’: Es la inversión regional que el Gobierno asigna a los congresistas a cambio de tener sus votos en el Congreso (p.110)
  • ‘Empujón’: Apoyo de los mandatarios locales a un candidato al Congreso. Este, por su parte, presta ayuda financiera o concede favores a los mandatarios locales (p.65- 67)
  • Hacer ‘bulto’: Seguidores y asistentes que acompañan al político en sus viajes de campaña electoral para aumentar su importancia (p.15)
  • ‘Puya ojos’: En Cartagena se denomina así a aquellos líderes barriales encargados de la compra y venta de votos en su zona (p.43)
  • ‘Patuleca’: En Cartagena así se denomina a aquellos ciudadanos que aceptan dinero para votar por un candidato, pero votan por otro (p.48)
  • ‘Payola’: Trato entre periodistas y políticos, consistente en que los políticos pagan a los periodistas por hablar bien de ellos (p.74)
  • ‘Cariñitos de vuelta’: Favores menores que otorgan los políticos a sus aliados (p.29)
  • ‘Licitaciones sastre’: Son aquellas licitaciones hechas a la medida del contratista aliado (p.33)

Por ejemplo, Juanita León, directora de la Silla Vacía, describe un viaje con un congresista que está de gira de campaña visitando a sus aliados políticos. Allí enumera las diferentes clases de favores que se requieren para que el político en cuestión pueda crear y mantener una ‘estructura política’ para la elección (o reelección) porque -según descubre- "en la política nadie es más confiable que alguien que debe favores’. (p.14).

Infolaft, dentro de los análisis que ha publicado desde hace diez años, ha visto cómo estos ‘favores’ que se hacen entre políticos y empresas generan daños a la economía y constituyen una especie de competencia desleal entre los políticos.

En concreto, estos ‘favores’ se materializan en ‘volteo’ de tierras, archivo de expedientes sancionatorios, otorgamiento de permisos o licencias sin los requisitos legales, ‘micos’ en normas de todo nivel, destitución de funcionarios incómodos, suministro de información confidencial (por ejemplo, datos económicos) y acomodo de pliegos licitatorios, entre otros.

La periodista Juanita Vélez aborda el tema del 'empujón' otorgado por las alcaldías y las gobernaciones al candidato al Congreso de su preferencia, y especifica qué clase de empujones son usuales. Ese intercambio de favores, dice un congresista citado, "afuera lo llaman clientelismo, adentro lo llamamos red de apoyo". (Juanita Vélez p. 72).

Jineth Prieto nos adentra al mundo de las maquinarias electorales y afirma que ‘la maquinaria es para un político como las arterias al corazón’ (p. 25). La periodista suministra una interesante clasificación de diferentes clases de maquinarias diferenciadas por niveles y por sus procedencias.

Infolaft ve muchas similitudes entre las tipologías conocidas de lavado de activos y el manejo de las maquinarias electorales, toda vez que en ambos casos el objetivo es el mismo: ocultar el origen –ilícito– de los recursos. En varios artículos Infolaft ha descrito figuras como el ‘pitufeo’ (que consiste en poner a muchas personas a mover por el sistema financiero sumas de dinero por debajo del umbral de reporte para no ser detectadas), empresas fachadas (aquellas que no operan, pero se usan para justificar ingresos), simulación de créditos y suplantaciones, entre otros.

Por lo tanto, es posible señalar que quien quiera prevenir el manejo irregular de recursos en campañas políticas puede hacer uso de controles y estrategias utilizadas en el combate al lavado de activos.

Dentro del libro Laura Ardila, periodista con experiencia en la cobertura política, expone con detalles la gran empresa del clientelismo electoral y cómo es la labor de los ‘líderes barriales’ -también llamados ‘puya ojos’-, la que permite la compra y venta de votos. Quizá lo más revelador es que esta tarea se sigue realizando en épocas de no elecciones, porque un político tiene que dejar sus ‘comandos’ trabajando, porque de lo contrario “se muere". (p.49).

Los casos reseñados, y otros incluidos en el libro, permiten evidenciar la existencia de un ciclo de poder que aunque se exacerba en épocas electoras, no se detiene una vez termina, sino que se perpetúa durante el ejercicio del poder. En este sentido, los políticos, con frecuencia buscando ser reelegidos, consiguen dinero para financiar sus campañas, ofreciendo favores a sus financiadores. Si el político resulta elegido, paga los favores, principalmente a través de la asignación de contratos; al final del ejercicio, el funcionario nuevamente ofrece favores a sus financiadores, para financiar su campaña electoral, dando un ciclo completo, según se aprecia en el siguiente gráfico:

Para Infolaft, el libro publicado por La Silla Vacía es muy útil y sirve de ayuda para el fortalecimiento de los sistemas antilavado, puesto que describe los diferentes perfiles de personas que representan riesgos dentro en estas operaciones. Este tipo de contrapartes son:

  • Políticos profesionales expertos en política tradicional.
  • Comités financieros de los políticos.
  • Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
  • Contralor.
  • Congresistas.
  • Secretarías de Hacienda departamentales.
  • Secretarios de Hacienda o tesoreros.
  • Alcaldes y gobernadores.
  • Funcionarios de alcaldías.
  • Concejales.
  • Ediles.
  • Presidentes de juntas de acción comunal.
  • Líderes de los barrios o líderes comunales.
  • Policías.
  • Empresarios.
  • Contratistas.
  • Fundaciones.
  • Partidos políticos.
  • Coordinadores de campañas electorales.

Además de exponer cómo funciona el intercambio de favores sin plata, los reportajes revelan los detalles de este intercambio con recursos financieros, como, por ejemplo:

  • Cómo funciona el círculo de la financiación, elección y contratación y el uso de los cupos indicativos.
  • Cuáles son los gastos que un político tiene que realizar para lograr la elección o reelección, y para mantener su ‘estructura política’.
  • Cómo financia el político esos gastos (los préstamos del banco o de los contratistas, uso de CDT, creación de fundaciones que recogen donaciones de las empresas, donaciones de los partidos políticos y la distribución de la plata de las donaciones a todos los niveles políticos).
  • Cómo funciona y se financia el mercado de la compraventa del voto.
  • Cómo se costean los eventos de campaña electoral.
  • Cómo se desvía el presupuesto nacional a los municipios. 

Clientes y contrapartes de alto riesgo

Si se tiene en cuenta que muchas de las historias narradas por los periodistas de La Silla Vacía en el libro involucran recursos públicos y se pueden configurar en delitos cometidos por diferentes actores políticos y funcionarios del Estado, es claro que con ese importante insumo, tantos las entidades financieras como las empresas de cualquier sector pueden diseñar controles adicionales para la vinculación de contrapartes de mayor riesgo, señales de alerta, reforzar sus controles y reportar a las autoridades –concretamente a la Unidad de Información y Análisis Financiero (Uiaf)– todas las operaciones sospechosas que detecten.

Así mismo, el libro pone sobre la mesa varios perfiles de personas expuestas al riesgo de corrupción, bien por el poder que detentan o por el manejo de recursos públicos. Entre estos se encuentran los concejales, diputados, ediles, líderes comunales y los coordinadores de campaña (p. 88).

Dentro de la gestión del riesgo de corrupción y del lavado de activos, estos actores y muchos otros reseñados en el libro, se catalogan técnicamente como personas expuestas políticamente (PEP) y pueden incluirse en una segmentación, o clasificación de perfiles de los clientes; esto con la finalidad de adoptar controles diferenciales frente a cada segmento bajo la premisa de “a mayor riesgo, mayor control”.

Esto cobra especial relevancia si se tiene en cuenta que hace tres años, el Gobierno Nacional expidió el Decreto 1674 de 2016, por medio del cual emitió un listado de cargos públicos cuyos titulares deben ser catalogados como personas expuestas políticamente (PEP). Dicho decreto se volvió de obligatorio cumplimiento para empresas y entidades financieras por vía de regulaciones posteriores emitidas por sus supervisores. 

Vale la pena tener en cuenta que la categoría de persona expuesta políticamente no es arbitraria y la idea de que un PEP expone a un mayor riesgo de LA/FT debe ser entendida a las luces de que los cargos públicos, especialmente de elección popular, suelen manejar recursos públicos, con frecuencia de alto monto. Adicionalmente, las personas que ostentan la categoría de PEP suelen tener una capacidad de intimidatoria y de abuso mayor que la de otros cargos, la cual puede recaer, tanto en la cabeza de una entidad, con la capacidad de asignar contratos, como a través de los funcionarios, como se indica en el siguiente gráfico:  

Dicho lo anterior, uno de los controles mas aceptados para prevenir el riesgo de posibles operaciones de corrupción y de lavado de activos por parte de funcionarios públicos es el uso de listas de PEP (personas expuestas políticamente).

Productos de riesgo

Por otra parte, una revelación importante que hace la publicación periodística es que la empresa electoral funciona todo el tiempo y no se limita a las épocas electorales. Según el libro, la maquinaria “es visible en temporada electoral y casi invisible los años en los que la campaña no está encendida. Pero eso no quiere decir que pare de trabajar. Siempre se mueve” (P. 25).

En este sentido, las empresas nacionales, especialmente las del sector financiero que administran cuentas y activos de partidos y campañas políticas, deben tener claros los diferentes actores que intervienen en unas elecciones y en la perpetuación del poder y que reciben dinero de formas irregulares provenientes de favores, (partidos, campañas, colaboradores y personas de confianza). Los recursos recibidos de favores no siempre circulan en el sistema financiero, sino también en efectivo y a través de negocios y muchas veces, los destinatarios de los recursos son las personas que directamente movilizan a la gente para el clientelismo, como los profesionales de compra de votos. A continuación un gráfico para ilustrar lo indicado:

Resulta fundamental tener en cuenta que la Superintendencia Financiera obliga a sus vigiladas (bancos, aseguradoras, comisionistas de bolsa, entre otras) a implementar controles especiales para los productos utilizados por los partidos y campañas políticas, tales como:

  1. Implementar metodologías que permitan identificar a quienes realizan aportes o donaciones a partidos o campañas políticas, así como identificar operaciones inusuales y reportar operaciones sospechosas.
  2. Exigir la autorización del gerente o responsable de la campaña y/o partido para permitir la recepción de aportes, donaciones, o la admisión de traslados o transferencias a la cuenta de la campaña y/o partido.
  3. Establecer un procedimiento para la devolución de aportes o donaciones que a juicio del gerente o responsable de la campaña y/o partido no deban contribuir a su financiación.
  4. Fijar una cuantía máxima para el depósito o retiro de sumas en efectivo.
  5. Establecer un procedimiento general y expedito de información al público sobre los movimientos de dichas cuentas.

Respecto de estos controles normativos para el sistema financiero, de la lectura del libro es posible concluir que no deberían limitarse a épocas electorales, sino que deben ser constantes en el tiempo, manteniendo un monitoreo permanente y riguroso.

Sectores y negocios de riesgo

El libro publicado por La Silla Vacía es muy útil para entender el riesgo de ciertas actividades económicas que participan, indirectamente, de estos delitos.

Dentro de las personas con riesgo de corrupción, como se mencionó con anterioridad, también están los empresarios y contratistas, quienes muchas veces financian las campañas para luego ‘cobrar’ el favor a los congresistas a través de la asignación de contratos derivados de los cupos indicativos para las regiones (comúnmente conocidos como ‘mermelada’).

También son mencionadas las firmas encuestadoras poco serias que se prestan para manipular los resultados de las encuestas, así como algunos directores de medios de comunicación del nivel nacional y periodistas regionales que cobran dinero por publicar contenidos favorables a determinados candidatos.

Finalmente, existen unos sectores económicos que son usados con frecuencia para canalizar los pagos irregulares o desviar los recursos públicos. El interés se centra en aquellos que manejan grandes cantidades de dinero por fuera del sistema financiero.

Según lo expuesto en el libro, “cuando llegan las afugias, el donante ideal es el que tiene un negocio que maneja mucho efectivo y que hace muchos contratos que no exigen IVA, por ejemplo, transportadores. Por ambas razones, un concesionario es ideal: cobra peajes y puede justificar múltiples contratos de transporte. Un retail que vende productos en la calle o un sanandresito, por ejemplo, también sirven” (p. 39).

Toda esta información, sin duda, será de especial utilidad para que los oficiales de cumplimiento de los bancos y de las empresas puedan fortalecer sus sistemas internos de prevención, y aporten su grano de arena para combatir la corrupción generalizada –y el posible lavado de activos derivado de ello– que sigue llenando los bolsillos de unos pocos en detrimento del bienestar de los ciudadanos.

Información para tener en cuenta si usted o su empresa quieren hacer una donación a una campaña o partido político

A pesar de que los aportes y donaciones en épocas electorales a veces son usados para el clientelismo y la corrupción, es importante tener en cuenta que las normas nacionales no prohíben las donaciones a campañas y partidos políticos por parte de particulares. Sin embargo, estas donaciones están sujetas a requisitos específicos de la ley que deben ser tenidos en cuenta.

El gráfico que se incluye a continuación evidencia que tanto personas naturales como jurídicas pueden realizar donaciones a campañas y partidos políticos, lo cual debe surtirse por las vías regulares, esto es, el sistema financiero y las cuentas autorizadas por las campañas y partidos (con todos los controles que acarrea), teniendo siempre en cuenta que los aportes extranjeros se encuentran prohibidos:

A esto debe incluírsele los requisitos, límites y topes que tiene una persona natural o jurídica en Colombia que quiera hacer una donación a una campaña o partido político.

El artículo 12 de la Ley 1757 de 2015 dispone que el Consejo Nacional Electoral fijará anualmente las sumas máximas de dinero que se podrán destinar en la recolección de apoyos a las propuestas sobre mecanismos de participación ciudadana, así como la suma máxima que cada ciudadano u organización podrá aportar a la campaña de recolección de apoyos sobre las propuestas de los mecanismos de participación ciudadana. Adicionalmente, señala que ninguna campaña podrá obtener créditos ni recaudar recursos, contribuciones ni donaciones provenientes de personas naturales y jurídicas consideradas comerciantes, de acuerdo con el Código de Comercio, que superen el diez por ciento (10%) de la suma máxima autorizada por el Consejo Nacional Electoral para la campaña.

La Resolución 258 de 2019 del Consejo Nacional Electoral estableció el tope máximo para gastos permitido a las campañas políticas para el 2019 en una suma de $4.172.120.979. Esto quiere decir que ningún particular podrá donar más del 10% de esta suma. Este límite cobra especial importancia ya que de acuerdo con el artículo 33 de la Ley 1778 de 2016, toda persona natural o jurídica que financie una campaña política ya sea a presidencia, gobernación, alcaldía o congreso con aportes que superen el 2.0% de la suma máxima permitida para gastos en la respectiva campaña, no podrán celebrar contratos con entidades públicas (incluso descentralizadas), del nivel administrativo para el que se eligió el candidato. La inhabilidad abarca las personas jurídicas en las que el representante legal, los miembros de la Junta Directiva o cualquiera de los socios controlantes, haya financiado ya sea directamente o por interpuesta persona una campaña política.

Conclusiones

  • El libro evidencia que las prácticas de corrupción electoral no solamente se realizan durante la época de elecciones, aunque se intensifica en estas fechas. En este sentido, la conclusión de que la labor de prevención del Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo es constante y debe realizarse todo el tiempo, también es cierta respecto de las cuentas y los activos de campañas y partidos políticos.
  • Es importante contar con mecanismos y metodologías que permitan la adecuada identificación de las personas expuestas políticamente – PEP –. Vale la pena complementar esta información con otros datos, así como con la elaboración de segmentaciones, que permita la detección de señales de alerta u operaciones inusuales, algunas de las cuales están identificadas por el libro de La Silla Vacía.
  • Aunque es claro que la financiación privada de campañas y partidos políticos está permitida, es recomendable tener en cuenta que estas actividades se pueden prestar para la desviación de recursos y para la prestación de “favores” que pueden ser considerados actos de corrupción.
  • Las empresas y personas interesadas en financiar a los partidos y campañas políticas por medios regulares también deben ser cuidadosas de que no se incumplan los topes señalados por la ley, de que se vigile que los recursos ingresen y circulen por los canales adecuados, y que estén debidamente contabilizados.

Fuentes:

  • La Silla Vacía, “El Dulce Poder: Así funciona la política en Colombia”, Ed. Aguilar, Bogotá D.C., 2018.

Libro disponible en las principales librerías del país y en versión Ebook.

  • Parte I, Título IV, Capítulo IV de la Circular Básica Jurídica de la Superintendencia Financiera
  • Ley 1757 de 2015
  • Resolución 258 de 2019 del Consejo Nacional Electoral

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