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Sancionan a comisionista de bolsa que reconoció no tener oficial de cumplimiento

Enviado por Infolaft el

Artículo por: Infolaft

La insólita confesión se produjo justamente en la respuesta a un pliego de cargos formulado por la Superintendencia Financiera. Nueva sanción por fallas en el Sarlaft.   La Superintendencia Financiera impuso, a través de la resolución 205 de 2018, una multa de 30 millones en contra de una comisionista de Bolsa por no tener oficial de cumplimiento principal ni suplente. No obstante, lo que llama la atención es que la Superintendencia encontró la justificación para la sanción dentro de los propios alegatos de la firma comisionista. La historia es la siguiente: en la respuesta al pliego de cargos la firma comisionista aseguró que luego de la renuncia del oficial de cumplimiento principal –ocurrida en septiembre de 2015–presentó ante la Superfinanciera a varios profesionales para posesionarlos en el cargo de oficial de cumplimiento, y que sus perfiles fueron negados sistemáticamente. Para evidenciar la gestión realizada la firma comisionista adjuntó el siguiente cuadro con la cronología de las gestiones realizadas.  
Nombre del aspirante Trámite Observaciones
ECC Posesión oficial de cumplimiento suplente Nombrado mediante acta de junta directiva No. 381 del 24 de septiembre de 2015. La SFC niega la posesión.
JA Posesión oficial de cumplimiento principal Nombrado mediante acta de junta directiva No. 383 del 22 de octubre de 2015. Y se presenta renuncia al cargo el 30 de septiembre de 2016.
JRR Posesión oficial de cumplimiento suplente Nombrado mediante acta de junta directiva No. 398 del 29 de septiembre de 2016. La SFC niega la posesión el 1 de diciembre de 2016. Se presenta recurso de reposición el 16 de diciembre del mismo año y el 3 de febrero de 2017 fue negado el recurso por la SFC.
MCLAA Posesión oficial de cumplimiento principal Nombrado mediante acta de junta directiva No. 402 del 25 de enero de 2017, y se encuentra en recurso de reposición.
ECC Posesión oficial de cumplimiento suplente Nombramiento mediante acta de junta directiva No. 405 del 28 de febrero de 2017, y se encuentra en trámite por parte de la SFC.
  De esta manera la firma comisionista quiso comprobar que había “efectuado todas las actividades tendientes a contar con personas idóneas para desempeñar estos cargos, y dar cumplimiento a cabalidad con la normatividad vigente (…)”. No obstante, la Superfinanciera encontró un vacío de cuatro meses entre la fecha en la que renunció el oficial de cumplimiento principal (30 de septiembre de 2016) y la fecha en la que la comisionista nombró al nuevo oficial de cumplimiento principal (25 de enero de 2017). Además, con base en el mismo cuadro, la Superfinanciera halló un vacío de un año entre el nombramiento de la oficial de cumplimiento suplente (ECC) ocurrido el 24 de septiembre de 2015 –que fue negado– y el nombramiento del oficial de cumplimiento suplente (JRR) que tuvo lugar el 29 de septiembre de 2016. Pero hay más. En uno de los párrafos de la respuesta al pliego de cargos la comisionista señaló que cuenta con “los procedimientos adecuados y los mecanismos de control para administrar el debida forma el riesgo de lavado de activos y financiación del terrorismo (…) so pena de la ausencia de oficial de cumplimiento principal y suplente posesionado ante la Superintendencia”. De acuerdo con la Superfinanciera, “lo descrito, refleja una seria omisión en el manejo del riesgo LA/FT respecto de los aspectos mínimos para los órganos de administración del mismo (…)”. Así las cosas, fueron los propios argumentos de la entidad financiera los que le dieron la razón al supervisor. Finalmente, es importante mencionar que luego de la imposición de la multa en primera instancia y ante lo demoledor de los hallazgos, la comisionista no presentó recurso alguno.

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