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SARLAFT 4.0: fijan plazos para responder solicitudes de Fiscalía

Enviado por Infolaft el

Artículo por: Infolaft

La Superintendencia Financiera emitió la Circular Externa 32 de 2021, por medio de la cual recuerda a los establecimientos bancarios su deber de colaboración.

Contexto general

El caso fue bastante sonado: en octubre de 2020 la Superfinanciera dejó en firme una multa por valor de 500 millones de pesos contra un banco en Colombia.

¿Cuál fue la razón? Según la Superintendencia, el banco “no fue diligente” en la atención de requerimientos de la Fiscalía.

De acuerdo con la resolución sancionatoria, el establecimiento bancario se tardó cinco (5) meses en entregar parcialmente una información solicitada por el ente investigador.

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Sin embargo, en su momento hubo más elementos que motivaron la millonaria multa.

En la resolución 899 del 13 de octubre de 2020, que describe la sanción, se lee que las demoras se presentaron hasta en cuatro investigaciones diferentes.

Lea también: todo sobre el SARLAFT 4.0

Incluso, en una ocasión el banco se abstuvo de entregar una información aduciendo que la hoja de solicitud no contenía el logo de la Fiscalía.

Esto a pesar de que la petición iba acompañada de una orden de fiscal y la autorización de un juez de control de garantías.

Ante las reiteradas tardanzas y luego de varios reclamos por parte de la Fiscalía, la Superfinanciera optó por imponer la multa.

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Directrices claras para entregar información

Delegados de la Fiscalía le solicitaron a la Superfinanciera incorporar unos formatos para estandarizar los reportes de información y agilizar los procesos.

Con base en ese requerimiento, la Superintendencia optó por establecer reglas claras para la entrega de datos.

A través de la Circular Externa 32 de 2021 creó un instructivo para la remisión de información desde los establecimientos bancarios hacia la Fiscalía.

Además, definió ocho formatos y un documento complementario para esos efectos.

Toda la información deberá ser entregada “única y exclusivamente” a través del convenio Fusion data, el punto de contacto tecnológico establecido.

Así mismo, la Superfinanciera señaló que los establecimientos bancarios tienen plazo hasta el 30 de septiembre de 2022 para suscribir el convenio Fusion Data con la Fiscalía.

Plan piloto y plazos

Los bancos deben atender los requerimientos de la Fiscalía, en los términos establecidos en Circular, a partir del primero de octubre de 2022.

En el entretanto, Bancolombia, Banco de Occidente y Banco Serfinanza participarán en un plan piloto.

Dicho plan piloto se llevará a cabo entre el primero de agosto y el 30 de septiembre de 2022.

La participación de otros establecimientos bancarios quedó abierta, previa solicitud al correo electrónico formatosbancos@fiscalia.gov.co.

Respecto a los plazos de entrega, la Superfinanciera señaló que “el cumplimiento de las órdenes de policía judicial será el establecido por el juez de control de garantías”.

No obstante, en ningún caso podrá superar los 30 días calendario contados a partir de la fecha de la autorización de la orden.

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