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Entrevista al Secretario Antilavado de Uruguay

Enviado por Infolaft el

Artículo por: Infolaft

Uruguay obtuvo destacados resultados en su más reciente informe de evaluación. Infolaft entrevistó al Secretario Nacional Antilavado de ese país, quien entregó detalles de la forma cómo se gestiona el conocimiento de beneficiarios finales, entre otros temas relevantes.

Infolaft:

¿Cómo recibió Uruguay los recientes resultados de su informe de evaluación mútua?

Daniel Espinosa:

Los recibimos con mucho interés y moderada satisfacción, ya que los resultados generales reflejan muchos de los avances que el país ha logrado en diversas áreas, lo que nos deja fuera de las listas de países no cooperadores, que era el principal objetivo a conseguir en esta etapa.

Pero, al mismo tiempo, tenemos claro que el informe de evaluación mutua es mucho más que eso, ya que es un análisis detallado de la situación del país en materia de prevención del LA/FT, que además de la opinión de los evaluadores refleja el consenso de los demás países y organismos integrantes de Gafilat y de la red global del GAFI, sobre las amenazas y vulnerabilidades de Uruguay, así como sobre la efectividad de las medidas preventivas implementadas y también incluye las medidas que se recomienda adoptar para superar las debilidades existentes.

A mi juicio, esta es la parte más importante del informe y las recomendaciones deben ser utilizadas como una guía para la acción futura en cada una de las distintas áreas del sistema preventivo del país evaluado, a efectos de avanzar en su mejoramiento.

En nuestro caso, la oportunidad es inmejorable: el primero de marzo de 2020 un nuevo gobierno asume en Uruguay, el cual deberá definir la Estrategia Nacional para combatir el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo para los próximos cinco años, y ese Gobierno contará, para esos efectos, con las recomendaciones contenidas en el informe definitivo de Gafilat.

Infolaft:

Gafilat señaló en el Informe que la principal amenaza para Uruguay son los fondos delictivos del exterior. ¿Qué medidas se están tomando para gestionar ese riesgo?

Daniel Espinosa:

Las dos evaluaciones nacionales de riesgo de LA/FT que ha realizado el país (en 2010 y 2017), han concluido que la principal amenaza que enfrentamos son los fondos ilícitos del exterior y el Informe de Gafilat comparte esta evaluación y así lo recoge en su texto.

Esta situación se produce fundamentalmente por la situación regional, ya que el país resulta especialmente atractivo para argentinos y brasileños por su estabilidad política y económica, y por tratarse de una economía más abierta que habilita la entrada y salida libre de capitales.

Categorías de listas restrictivas de lavado de activos

A efectos de combatir el ingreso de capitales ilícitos se han adoptado medidas de control muy significativas.

Tal como lo dije, desde el año 2010 en adelante, Uruguay ha desarrollado dos Evaluaciones Nacionales de Riesgo que fueron complementadas con evaluaciones sectoriales, tanto del sector financiero como del no financiero.

Con base en sus conclusiones, el país ha aprobado dos Estrategias Nacionales contra el LA/FT que han sido aplicadas con un destacable nivel de coordinación entre las distintas autoridades y que han tenido un alto nivel de cumplimiento de metas y objetivos.

En mi opinión, estas decisiones adoptadas en el período han transformado definitivamente las condiciones de actividad de los principales sectores económico-financieros del país, disminuyendo sustancialmente el riesgo de  LA/FT en cada uno de ellos y desarticulando definitivamente las condiciones que favorecían la llegada de capitales ilícitos al país.

A vía de ejemplo, entre otras medidas de alto impacto adoptadas para mitigar los riesgos de LA/FT en los sectores identificados como más vulnerables, se destacan la designación de la Secretaria Antilavado (SENACLAFT) como supervisor del sector no financiero, la obligación para el sector inmobiliario de realizar pagos con instrumentos financieros, la emisión de la ley de beneficiario final, la cancelación de 85.000 sociedades.

También podemos mencionar otras regulaciones para transparentar el sector societario, el reforzamiento del control aduanero y la nueva ley de zonas francas como mitigantes fundamentales para el riesgo en este sector, así como la tipificación del delito fiscal como precedente, medida de importancia muy significativa tanto para el sector financiero y no financiero.

Infolaft:

¿Por qué en Uruguay hay más casos judiciales que involucran delitos determinantes de fuente extranjera, en lugar de aquellos de fuente doméstica?

Daniel Espinosa:

Si tenemos en cuenta que la principal amenaza del país está relacionada con el ingreso de fondos ilícitos desde el exterior, no debe sorprender que haya muchos casos de lavado de activos que involucren delitos precedentes de fuente externa.

No obstante, considerando las amenazas locales que han sido identificadas en las evaluaciones de riesgo, también deberíamos tener un número significativo de casos judiciales vinculados con delitos precedentes locales, lo que no ha sucedido, salvo con el narcotráfico.

Esta es una de las debilidades que ha sido señalada por el informe de evaluación, con la que coincidimos plenamente, y para superarla el país debería incrementar el número de investigaciones de LA/FT realizadas localmente en forma proactiva y no como respuesta a una investigación iniciada en el exterior.

Listas restrictivas: no todas son obligatorias

A estos efectos, se deberá trabajar, básicamente, con los sujetos obligados y asignar recursos a determinados organismos clave (como la Unidad de Inteligencia Financiera y la Fiscalía, entre otros) para lograr un incremento en el número de reportes de operaciones sospechosas a la UIAF que posibiliten a ésta enviar más y mejores informes de inteligencia financiera a la Fiscalía, lo que a su vez generará mayores investigaciones proactivas en los próximos años y, finalmente, mayor cantidad de condenas vinculadas con delitos precedentes de fuente local.

Infolaft:

¿Qué medidas están tomando en Uruguay para fortalecer la prevención del LA/FT en las actividades y profesiones no financieras (APNFD)?

Daniel Espinosa:

Tal como lo señala el informe de evaluación de Gafilat, en el sector no financiero el país ha adoptado medidas significativas para reducir especialmente el riesgo de los sectores más vulnerables (zonas francas, sectores inmobiliario y societario), lo que, tal como dije anteriormente, ha disminuido sustancialmente el riesgo de  LA/FT en cada uno de ellos y ha desarticulado definitivamente las condiciones que favorecían la llegada de capitales ilícitos al país.

Una de estas medidas mitigantes fue la designación de la SENACLAFT como supervisor, desde 2015 en adelante, lo que ha fortalecido la supervisión del sector.

Este organismo ha desarrollado una serie de acciones de gran importancia, entre las que se puede destacar la implementación de una base de datos con información de diversos organismos públicos (registro de inmuebles, UIAF, Dirección de Impuestos, Previsión social, etc.) que le ha permitido elaborar informes sectoriales de riesgo para orientar su tarea de supervisión.

Podemos mencionar, además, la aprobación de una nueva reglamentación LA/FT que fue discutida con las distintas asociaciones de sujetos obligados y que contempla el riesgo específico de cada actividad, así como la realización de un completo plan de fiscalización que, desde 2016 a la fecha, incluyó 1338 actuaciones de inspección en los distintos tipos de sujetos obligados. Esto último permitió aplicar sanciones en 50 casos hasta el momento, y hay otros en trámite.

También se han hecho capacitación de sujetos obligados a través de una gran variedad de eventos de difusión de la normativa de y los riesgos de cada actividad, complementados por la implementación de un curso en línea, gratuito y de acceso libre, en el que han participado más de 2500 personas.

En definitiva, si bien existen diferentes niveles de aplicación dependiendo del tipo de sujeto obligado, se puede afirmar que las APNFD conocen sus obligaciones y aplican medidas de debida diligencia con un enfoque en base a riesgo, a fin de una oportuna identificación de sus clientes.

En materia de reportes, se destaca que los ROS del sector no financiero han exhibido un crecimiento significativo en los últimos años, alcanzando en 2018 a representar el 33% de los ROS recibidos por la UIAF, lo que es una consecuencia del esfuerzo de supervisión y capacitación realizado por la Senaclaft, conjuntamente con las agrupaciones profesionales de los sujetos obligados.

Infolaft:

Uno de los puntos fuertes de Uruguay es el registro de beneficiarios finales ante el Banco Central, y eso es algo de lo que otros países pueden aprender. ¿Podría contarnos, en detalle, cómo funciona ese registro?

Daniel Espinosa:

El sector societario fue identificado en la ENR como altamente vulnerable al LA/FT, por lo que entre 2015 y 2018 Uruguay ha adoptado medidas mitigantes de gran impacto para profundizar la transparencia de las sociedades y estructuras jurídicas, lo que ha reducido los riesgos del sector.

En este punto se destaca la aprobación de la Ley nº 19.484 de 5 de enero de 2017, la cual obliga a identificar al beneficiario final de todas las sociedades y estructuras jurídicas uruguayas, las que, además, salvo algunas excepciones, deben informar sus datos a un Registro administrado por la UIAF del Banco Central del Uruguay y mantenerlos actualizados cada vez que se modifiquen.

Este registro funciona en forma 100% digitalizada y la carga de la información se realiza exclusivamente por vía informática, con la intervención de escribanos públicos que se han registrado previamente ante la UIAF y cuentan con un certificado digital que les permite firmar electrónicamente al realizar el trámite de inscripción o actualización de la  información.

Mejores prácticas sobre beneficiario final

En resumen, la situación actual del tema beneficiario final en Uruguay, es la siguiente: salvo algunas excepciones, todas las entidades residentes en el país y las no residentes (en determinadas situaciones) están obligadas a identificar a sus beneficiarios finales, aplicando la definición legal, y a comunicar la identificación al registro de titulares de participaciones patrimoniales que funciona en la UIAF del Banco central del Uruguay.

En consecuencia, deben cumplir con esta disposición las entidades emisoras de participaciones patrimoniales al portador (sociedades anónimas, en comandita, sociedades y asociaciones agrarias, fideicomisos y fondos de inversión si las participaciones se instrumentan en títulos al portador, y en general toda otra entidad que emita participaciones de este tipo).

También están obligadas a entregar esta información las entidades emisoras de participaciones o títulos nominativos (sociedades anónimas, asociaciones agrarias y en general toda entidad que emita este tipo de participaciones), así como las sociedades personales no incluidas en las excepciones previstas en el párrafo siguiente.

En cuanto a excepciones, no están obligadas a informar al Banco Central las sociedades personales, de hecho o cooperativas, cuyos socios sean personas físicas y cuando éstos sean los beneficiarios finales.

En estos casos, el decreto 166/017 prevé que la información sobre beneficiario final que debe quedar en la entidad podrá ser solicitada en cualquier momento por los organismos que tengan acceso al registro que lleva el Banco Central del Uruguay, así como la Auditoría Interna de la Nación en el marco de sus cometidos de control del cumplimiento de la obligación.

Así mismo, cabe destacar que las autoridades pueden obtener esta misma información en la Dirección General de Registros, ya que la información sobre los integrantes de las sociedades personales tiene carácter público.

Infolaft:

¿Tienen previsto actualizar la evaluación nacional de riesgo del país?

Daniel Espinosa:

Las ENR deben actualizarse periódicamente, cada 4 o 5 años, para que los países puedan ir evaluando la evolución de las amenazas, vulnerabilidades y riesgos identificados previamente, ya que todos estos factores pueden ser impactados por diversas circunstancias, nacionales e internacionales, y es un error pensar que la situación permanecerá inamovible en el tiempo.

En el caso de Uruguay, la última ENR fue desarrollada durante los años 2015 y 2016, y fue aprobada formalmente en el año 2017. Con base en sus conclusiones, se aprobó una Estrategia contra el LA/FT para el período diciembre 2017 - marzo 2020 que implicó la adopción de importantes medidas mitigantes para combatir los riesgos identificados en los distintos sectores, por lo que considero que estamos en plazo como para empezar a planificar una nueva evaluación y para considerar el efecto de las medidas adoptadas, y validar o modificar las conclusiones de la anterior ENR.

Tal como ya lo dije, entiendo que este año 2020 es muy oportuno para revisar la ENR, toda vez que el primero de marzo asume un nuevo gobierno en Uruguay, el cual deberá definir la Estrategia Nacional para combatir el LA y el FT para los próximos 5 años, y resulta razonable pensar actualizar la ENR previamente.

También creo que sería bueno realizar dos evaluaciones separadas, una de lavado y otra de financiamiento del terrorismo, para profundizar especialmente en el conocimiento de las amenazas y vulnerabilidades que el país enfrenta en relación al terrorismo y su financiamiento, tal como nos ha recomendando el informe de evaluación de Gafilat.

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