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La corrupción al detalle (2 agosto)

Enviado por Infolaft el

Artículo por: Infolaft

En el marco de la cruzada internacional en contra de la corrupción, el GAFI realiza un significativo aporte para las instituciones reportantes. El último documento publicado por el organismo internacional durante el mes de junio constituye un soporte valioso para la medición del riesgo de lavado de activos provenientes de la corrupción.

 

A mediados del año pasado el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) emitió un documento titulado “El lavado de las ganancias de la corrupción”, el cual realizaba un planteamiento inicial sobre el fenómeno de la corrupción y su relación con el lavado de activos (ver InfoLAFT N° 30, Septiembre de 2011). En dicho informe -que reconocía su carácter incipiente- el organismo propuso varias líneas de acción posibles para avanzar en el tema. Las mismas incluían un análisis del riesgo discriminado por factores de riesgo (clientes, jurisdicciones, canales y productos).

Un año después el GAFI publica un nuevo informe en el que se aborda el fenómeno de la corrupción desde esta perspectiva. El documento, que lleva por nombre “Factores de riesgo específicos en el lavado de las ganancias de la corrupción” (Specific Risk Factors in Laundering the Proceeds of Corruption), está dirigido a las instituciones, tanto financieras como de otra naturaleza, que estén obligadas a reportar.

Su intención es la de colaborarles en el proceso de reconocer situaciones de alto riesgo de lavado de activos, mediante la identificación de los factores de riesgo específicos que las están generando. En resumidas cuentas, el estudio del GAFI busca responder a la pregunta ¿existen relaciones de negocios, clientes o productos específicos cuya presencia debería llevar a las instituciones reportantes a prestar una atención particular al riesgo de que sean usados para el lavado de activos?

Para realizar este estudio el grupo de trabajo del GAFI examinó en detalle una gran cantidad de casos de corrupción, buscando cubrir un amplio rango de conductas que incluyen -aunque sin limitarse sólo a éstas- la malversación, la autocontratación (self dealing) y el soborno tanto de la parte que ofrece como de la que recibe.

Similarmente, el estudio no se restringe a la definición de PEP que aparece en las Recomendaciones del GAFI, sino que se extiende a todos los funcionarios, relaciones de negocio, y compañías cuyas transacciones corruptas pudieran involucrar a una entidad reportante.

 

Una obligación recomendada

El precedente normativo que conduce a realizar un estudio sobre factores de riesgos específicos se encuentra en la Recomendación número 12 del GAFI, la cual aborda el tema de las Personas Expuestas Políticamente (PEP) y señala que las entidades obligadas a reportar deben tener un sistema de administración del riesgo apropiado que les permita determinar si el cliente o el beneficiario final es una PEP extranjera.

Así mismo, dichas entidades deben tomar medidas razonables para determinar si el cliente o el beneficiario final es una PEP local o una persona que ha sido encargada de una función prominente por parte de una organización internacional.

Para determinar si un sistema es “apropiado” o si unas medidas son “razonables” es necesario realizar una evaluación del riesgo. Igualmente es imprescindible un entendimiento apropiado del riesgo para evaluar el nivel de debida diligencia que se debe aplicar.

Las situaciones generales que señalan que una situación es de alto riesgo se encuentran agrupadas de acuerdo al factor de riesgo correspondiente en la Nota interpretativa a la Recomendación 10.

 

Situaciones de riesgo generales

Según el cliente

  • La relación de negocios se conduce en circunstancias inusuales.
  • Los clientes no son residentes.
  • Personas jurídicas o figuras corporativas personales diseñadas para asignar activos o propiedades.
  • Compañías que tienen socios nominales o que manejan acciones al portador.
  • Negocios basados en el efectivo.
  • Una compañía cuya estructura de propiedad es excesivamente compleja teniendo en cuenta la naturaleza del negocio.

 

Según la jurisdicción

  • Países que, según fuentes confiables, no tengan un sistema de prevención del LA/FT adecuado.
  • Países sujetos a sanciones, embargos o medidas similares.
  • Países que, según fuentes confiables, tengan niveles altos de corrupción o de otra actividad criminal.
  • Países que, según fuentes confiables, provean fondos o apoyen actividades terroristas, o que tengan organizaciones terroristas operando en su territorio.

 

Según el producto o canal

  • Banca privada.
  • Transacciones anónimas.
  • Relaciones o transacciones que no impliquen un contacto directo.
  • Pagos recibidos de terceros desconocidos o sin relación evidente.

 

El mundo de la corrupción

El trabajo realizado por el GAFI consistió en encontrar de qué manera particular el fenómeno de la corrupción desplegaba las situaciones generales enunciadas anteriormente. Si bien algunos de sus hallazgos son anticipados y hacen referencia a situaciones ya contempladas como de alto riesgo, en otros casos sus conclusiones aportan nuevos datos de importancia que resultarán muy útiles a la hora de realizar las mediciones del riesgo de corrupción.

 

Cliente

Personas Expuestas Políticamente

La advertencia sobre el riesgo de lavado que generan las PEP no es reciente. De hecho, ésta ha sido continuamente abordada por el GAFI durante los últimos diez años. El estudio reitera esta posición, pero va más allá y aclara que no todas las PEP acarrean el mismo nivel de riesgo. De acuerdo al documento, los funcionarios que tienen acceso o control sobre propiedades y fondos estatales son los que presentan un riesgo mayor de generar lavado de activos derivados de la corrupción.

Para el caso colombiano, por ejemplo, conviene recordar los numerosos escándalos que han surgido en relación con los bienes incautados a los narcotraficantes y que fueron administrados durante muchos años por la Dirección Nacional de Estupefacientes.

Por lo tanto, es importante que en el momento en el que se está iniciando la relación comercial con la PEP se establezca el propósito por el cual se está abriendo una cuenta, de modo tal que se pueda medir adecuadamente el riesgo y establecer unos parámetros de monitoreo adecuados.

Personas o figuras jurídicas

Ciertas personas o figuras jurídicas tales como los fideicomisos o las fundaciones, tradicionalmente conocidas como vehículos corporativos (corporate vehicles),  llevan un largo tiempo en la mira del GAFI por la propensión de los lavadores a usarlas para esconder sus ganancias ilícitas. Similarmente, en el ámbito de la corrupción, estas figuras corporativas también son comúnmente utilizadas.

Sin embargo, estas figuras tienen una naturaleza y un uso mayoritariamente legal y debemos cuidarnos de no caer en falsos positivos.

Con este propósito, es importante reconocer ciertas situaciones que pueden indicar que una persona jurídica está siendo usada para propósitos distintos a los legalmente establecidos. A continuación se enumeran algunas de estas situaciones:

  • El vehículo corporativo tiene una estructura corporativa innecesaria e injustificadamente compleja.
  • El vehículo corporativo usa proveedores de servicios o intermediarios que no tienen sistemas efectivos de prevención del LA/FT.
  • Existen personas que declaran ser los beneficiarios finales del vehículo corporativo, sin embargo, durante la relación contractual dan señas de estar actuando bajo indicaciones de alguien más.

 

Sector involucrado

  • Una conclusión muy importante del estudio se refiere a los sectores económicos de mayor riesgo de corrupción. Si bien ningún sector está exento, ni tampoco se busca estigmatizar alguna actividad, estos resultados pueden ser muy útiles a la hora de hacer la medición el riesgo.
  • Industrias dedicadas a la extracción. Históricamente existe una correlación alta entre los países que obtienen una porción significativa de sus ingresos a partir de la extracción de sus recursos naturales (petróleo, madera, minerales, etc.) y la incidencia de la corrupción.
  • Actividades de adquisición gubernamentales. Estas actividades son muy vulnerables a la corrupción, dadas las dimensiones de los contratos en los que participa el Estado. El informe resalta tres puntos específicos donde se ha notado un mayor riesgo: la industria militar, el sector salud y los grandes proyectos de infraestructura.
  • Privatización. Los procesos de privatización tienen un historial comprometido en términos de corrupción. El factor determinante a tener en cuenta para el análisis del riesgo es la transparencia de los procesos de decisión gubernamentales.
  • Ayudas para el desarrollo. Los programas de colaboración y ayuda para el desarrollo de las naciones se caracterizan por la asignación de fuertes sumas de dinero a través de la participación de numerosos funcionarios gubernamentales: este doble ingrediente hace parte de una receta ideal para la corrupción.

 

Jurisdicción

Existen varios factores que se deben considerar para estimar el riesgo de lavado de ganancias de la corrupción que puede generar un país o una jurisdicción determinados. El informe propone los siguientes:

 

El marco internacional de lucha contra la corrupción

Existen ciertos estándares y mejores prácticas en torno a la lucha contra la corrupción que se han desarrollado a lo largo de los años. Entre estos cabe mencionar especialmente las disposiciones de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción (UNCAC), cuya ratificación se incluye en la Recomendación 36 del GAFI. Sin embargo, a pesar de que más de 160 países han ratificado el tratado, el cumplimiento de sus disposiciones aún no ha sido puesto a prueba. Por lo tanto, la ratificación de la UNCAC es una muestra de la voluntad de una jurisdicción para combatir la corrupción, pero no es suficiente para despejar el riesgo que pueda surgir de la misma.

Además de la UNCAC existen otros acuerdos y organismos enfocados en el combate a la corrupción tales como:

  • La Convención Interamericana en contra de la Corrupción de los Estados Americanos (IACAC).
  • La Convención de la OECD para el Combate del Soborno a Funcionarios Oficiales en Transacciones de Negocios internacionales.
  • El Grupo de Estados en contra de la Corrupción (GRECO) del Consejo Europeo.
  • La Convención de la Unión Europea en contra de la Corrupción.

 

Medidas específicas contra la corrupción

El principal antídoto contra la corrupción es la transparencia. Es por ello que las jurisdicciones que establecen disposiciones en este sentido presentan un menor riesgo de corrupción y del subsecuente lavado. El informe hace referencia ante todo a la declaración periódica y pública de los activos de los funcionarios públicos, así como de su participación en negocios particulares. Se debe hacer claridad en el hecho de que la divulgación pública de los procesos de contratación del Estado ayuda a reducir los niveles de corrupción. Estas medidas no solo funcionan como un disuasivo de los corruptos, sino que además le ayudan a las autoridades al momento de realizar sus investigaciones.

 

Estándares de prevención del LA reconocidos internacionalmente

El dinero mal habido no le sirve a los corruptos si no logran ingresarlo al flujo financiero corriente. Por esta razón, la existencia de un sistema de prevención del lavado robusto en una jurisdicción determinada sirve como un indicador de un menor riesgo de corrupción en la misma.

 

Índices de corrupción

Numerosas organizaciones gubernamentales y no gubernamentales están interesadas en determinar los niveles de corrupción que emanan de los diferentes países y publican periódicamente índices con sus conclusiones. Los siguientes son los más importantes:

  1. El Índice de Percepción de la Corrupción, publicado por Transparencia Internacional.
  2. Los Indicadores de Gobernabilidad Mundial del World Bank Group.
  3. El Índice de Riesgo de Lavado de Activos del Instituto de Gobernabilidad de Basilea.
  4. El Portal contra la Corrupción en los Negocios (Business Anti-Corruption Portal).
  5. El Índice del Régimen de Legalidad del World Justice Project.
  6. Las listas de sanidad de instituciones, mecanismos y prácticas de Global Integrity.

 

Producto o Canal

Banca privada

Para aquellos que desean lavar las ganancias de la corrupción, la banca privada es atractiva debido al valor neto de los clientes involucrados, lo cual implica negocios lucrativos para las instituciones reportantes, dificultando el trabajo de los oficiales de cumplimiento que deben disuadir a las respectivas juntas directivas de embarcarse en ciertos negocios turbios.

 

Transacciones entre clientes y figuras corporativas

Del mismo que los vehículos corporativos representan un riesgo mayor de corrupción y lavado, los negocios entre un cliente y una de estas figuras corporativas implica un riesgo de lavado, así la misma no sea cliente de la institución.

 

Giros

Los giros que emite y recibe una cuenta perteneciente ya sea a un funcionario público, a sus parientes o a sus socios, y cuya actividad no es consistente con la legítima y esperada, deben ser considerados como de alto riesgo.

 

Banca Masiva

La banca masiva cubre un amplio espectro de productos/servicios. El abuso de los mismos se genera por factores tales como el volumen y la dimensión del sistema financiero internacional y la complejidad de las disposiciones y los productos bancarios, lo que podría facilitar la infiltración de dineros provenientes de la corrupción, en especial de la corrupción a pequeña escala (petty corruption).

 

Efectivo

A pesar de los riesgos que esto genera, el efectivo sigue siendo uno de los medios favoritos de los corruptos para lavar el dinero.  En “El lavado de las ganancias de la corrupción” aparecen documentados numerosos casos en los que funcionarios públicos de alto rango realizaron multimillonarias consignaciones en efectivo hacia cuentas de parientes.

 

Cuentas corresponsales y de concentración

El uso de cuentas corresponsales puede significar grandes riesgos, pues el gran número de pagos que procesa el sistema en un lapso de tiempo muy corto hace extremadamente difícil identificar e interceptar las transacciones sospechosas. Finalmente, las cuentas de concentración que son utilizadas por los bancos para almacenar temporalmente fondos mientras se destinan a la cuenta apropiada pueden ser usadas con el propósito de confundir una investigación y esconder el rastro del dinero corrupto.

 

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