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SAGRILAFT ESAL y Cámaras de Comercio: nuevos obligados

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Artículo por: Infolaft

SAGRILAFT ESAL y cámaras de comercio: nuevos obligados. Imagen Freepik

SAGRILAFT ESAL y cámaras de comercio: nuevos obligados. Imagen Freepik

El SAGRILAFT es obligatorio para las ESAL extranjeras y las cámaras de comercio. Desde ahora dben cumplir con controles para evitar el lavado de activos.

Crece el número de organizaciones que deben cumplir con el Sistema de Autocontrol y Gestión del Riesgo Integral de LAFT y el Programa de Transparencia y Ética Empresarial PTEE.

A través de la Circular Externa 100-000004 del 4 de octubre de 2023, la Superintendencia de Sociedades realizó modificaciones a los capítulos 10 y 13 de su Circular Básica Jurídica.

El principal ajuste consistió en la inclusión de las cámaras de comercio del país y las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia (ESAL) como sujetos obligados a cumplir con el SAGRILAFT y el PTEE.

SAGRILAFT ESAL

 

SAGRILAFT ESAL y cámaras de comercio

De acuerdo con la propia Superintendencia, el cambio realizado tiene como finalidad actualizar su política de supervisión a las recomendaciones de organismos intergubernamentales y en seguimiento irrestricto a las funciones delegadas por el Decreto 326 de 2023 en aras de realizar una supervisión efectiva.

Billy Escobar, superintendente de sociedades, aseguró que “es del mayor interés del Gobierno Nacional supervisar [a las ESAL y cámaras de comercio] estableciendo parámetros claros y precisos de transparencia, cumplimiento normativo, y de administración de riesgos”.

En palabras del alto funcionario, al referirse al SAGRILAFT ESAL y cámaras de comercio, el propósito fundamental es “aumentar la confianza de los diferentes actores del mercado, la sociedad civil y el sector público en general”.

La norma precisa que las cámaras de comercio y las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia, que se encuentren a la fecha bajo supervisión de la Supersociedades, deberán poner en marcha el SAGRILAFT y el PTEE en los términos de los capítulos 10 y 13, a más tardar el 31 de agosto de 2024.

 

SAGRILAFT

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