La Superintendencia Financiera de Colombia ordenó a la Fundación AUG Asesores suspender de forma inmediata las actividades que constituyen captación o recaudo no autorizado de dineros del público que venía desarrollando bajo supuestas asesorías a los afiliados para crear una Organización Popular de Vivienda.
La medida administrativa adoptada mediante la Resolución 0676 de 2019 también cobija al señor Gabriel Andrés Urrea Gutiérrez quien a título personal y utilizando su calidad de representante legal de la Fundación AUG Asesores, asumió pasivos con al menos 38 personas por COP 376.503.000, monto que supera el 50% de su patrimonio líquido, sin que existiera la entrega de un bien o servicio, hechos a partir de los cuales se configuró la captación ilegal.
En consecuencia, el señor Urrea Gutiérrez no podrá realizar operaciones de captación o recaudo no autorizado de dineros del público en forma masiva y bajo ninguna modalidad, ya sea directamente o por medio de otras personas naturales o jurídicas.
De acuerdo con la información obtenida durante la investigación, a través de redes sociales y servicios de mensajería instantánea móvil los captadores invitaban a participar o invertir en un supuesto negocio, sobre el cual ofrecían rentabilidades exorbitantes de hasta el 100% sobre el monto del capital entregado, en plazos que iban desde los 3 y hasta los 90 días.
En los mensajes que enviaban por estos canales afirmaban ser “coach de especulación y negociación de mercados financieros en el territorio nacional e internacional con el objetivo de generar ganancias y rentabilidades en el tiempo”, sin identificar claramente la procedencia de los recursos con los cuales se sustentaban las promesas de retorno.
Cabe mencionar que la medida contra el señor Gabriel Andrés Urrea Gutiérrez y la Fundación AUG Asesores, es únicamente respecto de los recursos del público captados o recaudados masivamente en forma no autorizada y no afecta cualquier actividad lícita que se desarrolle la entidad.
La Superintendencia Financiera remitió copia de esta medida a la Fiscalía General de la Nación y a la Superintendencia de Sociedades, entre otras autoridades, para que, dentro del ámbito de sus competencias, adopten las medidas que consideren pertinentes.
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