Pasar al contenido principal

Designación de Petro en lista Clinton: 12 puntos clave

Enviado por Infolaft el

Artículo por: Infolaft

OFAC sanciona al presidente de Colombia, Gustavo Petro. Imagen Presidencia

OFAC sanciona al presidente de Colombia, Gustavo Petro. Imagen Presidencia

Desde el año 2009 en Infolaft llevamos informando acerca de la actualidad en materia LA/FT y esta es, sin duda, la noticia más importante y con mayor impacto que hayamos cubierto. Aquí nuestro análisis.

Parece una ironía: hace exactamente 30 años hubo una noticia de gran impacto en Colombia: nació la denominada lista Clinton.

Ese listado tuvo como origen la Orden Ejecutiva 12975 de octubre de 1995, firmada por el entonces presidente de Estados Unidos, Bill Clinton, y de ahí su denominación coloquial de lista Clinton.

Pues bien, tres décadas después ocurre un hecho de gran impacto y relevancia: el presidente de Colombia, Gustavo Petro, fue sancionado por el Departamento de Estado de Estados Unidos y su nombre fue reseñado en el listado.

En Infolaft, tal y como lo hemos hecho desde hace varios años, vamos a cubrir esta noticia con el mayor rigor y de la forma más oportuna posibles. Hoy comenzamos con los 12 puntos más relevantes de este hecho noticioso:

 

  1. Esta lista no es la misma que se usó para sancionar a los carteles de la droga colombiana (SDNT y SDNTK) y tampoco es la lista en la que fue reseñado el presidente de Venezuela, Nicolás Maduro. Petro fue sancionado con base en las disposiciones de la Orden Ejecutiva 14059 de 2021, la cual fue creada por el entonces presidente de Estados Unidos, Joe Biden, y se centra en la “emergencia nacional” de Estados Unidos por cuenta del tráfico de drogas ilícitas, especialmente el fentanilo.
  2. La OFAC le reprocha al presidente Petro el otorgamiento de “beneficios” a grupos del narcotráfico bajo su política de paz total.
  3. El Gobierno de Estados Unidos también cuestiona al presidente Petro por filtrar información de inteligencia financiera en 2024, lo que generó la exclusión de Colombia del Grupo Egmont de Unidades de Inteligencia Financiera.
  4. La filtración mencionada en el numeral anterior, según la OFAC, puso en riesgo al sistema financiero internacional.
  5. Dentro de la sanción al presidente Gustavo Petro también fueron reseñados: Verónica Alcocer, esposa del presidente; Nicolás Petro, hijo del presidente; y Armando Benedetti, ministro del Interior del Gobierno Petro. Ellos fueron sancionados por haber proporcionado, o intentado proporcionar, apoyo financiero, material o tecnológico, o bienes o servicios en apoyo del presidente Petro.
  6. En relación con la primera dama, la OFAC no menciona hechos concretos relacionados con el narcotráfico, solo destaca su nombramiento como embajadora en “misión especial”.
  7. Del ministro Benedetti se mencionan unos audios filtrados en los que se menciona su participación en la financiación de la campaña electoral, sí como en la consecución de votos.
  8. Del hijo del Presidente, Nicolás Petro, la OFAC recuerda que está siendo investigado por presunto lavado de activos y enriquecimiento ilícito. Además, menciona que es su “heredero político” y que fue gerente de la campaña en Barranquilla.
  9. Las acusaciones sobre Nicolás Petro también se concentran en su participación en la campaña presidencial, la cual, presuntamente, recibió dinero del narcotráfico. En concreto, mencionan que Nicolás Petro admitió recibir dinero ilícito de una persona vinculada con el narcotráfico e hijo de un contratista juzgado por financiación de paramilitares.
  10. El Departamento del Tesoro recuerda que existe una regla del 50%, según la cual, cualquier empresa que sea propiedad en un 50% o más, directa o indirectamente, de una persona sancionada también se considera bloqueada.
  11. En su comunicado, el Gobierno de Estados Unidos advierte que los ciudadanos estadounidenses o extranjeros que incumplan las sanciones se exponen a sanciones civiles o penales.
  12. Además, advierte a las instituciones financieras que corren el riesgo de ser sancionadas en caso de participar en transacciones con personas sancionadas o bloqueadas.

 

Para mayor información y precisión, recomendamos consultar directamente la página web oficial del Departamento del Tesoro de Estados Unidos.

En Infolaft somos una empresa proveedora de listas para la prevención del LA/FT. En caso de requerir más información, pueden escribirnos a [email protected]