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OCDE pide más cooperación entre Supersociedades y UIAF

Enviado por Infolaft el

Artículo por: Infolaft

Según la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), la Superintendencia de Sociedades debería tener acceso a información de la UIAF para investigar casos de soborno.

El informe fase 3, que da cuenta del cumplimiento de Colombia de la Convención de la OCDE contra el soborno, publicado en diciembre de 2019, señala que se debe reforzar la cooperación entre instituciones.

De acuerdo con ese organismo, “ha habido un progreso limitado” en la colaboración entre la Superintendencia de Sociedades y la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF) para detectar y perseguir casos de soborno.

Una evaluación realizada por los expertos de la OCDE encontró que la información “parece fluir esencialmente” de la Superintendencia hacia la UIAF, toda vez que la entidad de supervisión ha enviado dos informes de actividades sospechosas con posibles componentes de soborno extranjero; mientras que desde la Unidad parece que no ha ocurrido lo mismo.

El reporte de la OCDE recuerda que entre ambas instituciones –UIAF y Supersociedades– existe un memorando de entendimiento, pero que en este se aclara que la Unidad solo compartirá datos generales con la Superintendencia, tales como “información estadística o análisis estratégico, pero nunca información específica de casos”.

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La principal dificultad radicaría en que la UIAF comenzó a hacer parte del sistema de inteligencia del Estado colombiano desde la expedición de la ley 1621 de 2013.

Concretamente, el parágrafo del artículo 34 de esa ley señala que la información que la Unidad recaude y produzca “estará sujeta a reserva, salvo que medie solicitud de las fiscalías con expresas funciones legales para investigar lavado de activos o sus delitos fuente, financiación del terrorismo y/o legitimadas para ejercitar la acción de extinción de dominio (…)”.

Es decir, desde el punto de vista legal, la UIAF solamente estaría facultada para entregar información a las instituciones expresamente establecidas en la ley de inteligencia, y entre ellas no se encuentra la Superintendencia de Sociedades.

A pesar de ello, la OCDE recomienda que se establezcan “mecanismos apropiados para la cooperación y coordinación” entre ambas instituciones “para asegurar que todas las sospechas de soborno extranjero o delitos relacionados puedan ser investigados efectivamente por la Superintendencia”.

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